domingo, 12 de octubre de 2025 – 17:44 Wib
Jacarta -un total de 18 académicos de derecho penal de varias universidades de Indonesia han presentado documentos Amicus Curiae ante el Tribunal Constitucional en los casos 136/PUU-XXII/2025 y número 163/PUU-XXIII/2025 presentados por HASTO KRISTIYANTO.
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Este caso pone a prueba el artículo 21 de la Ley Anticorrupción que regula los delitos obstrucción de la justicia. Académicos evalúan que este artículo contiene normas vagas, viola el principio de legalidad y tiene el potencial de provocar una criminalización excesiva.
En un documento de decenas de páginas, los académicos han destacado la frase “prevenir, prevenir o frustrar directa o indirectamente” en el artículo 21 de la Ley contra la Corrupción, que se considera que no tiene fronteras jurídicas claras. Esta ambigüedad se considera contraria a los principios de lex y de lex estricta en derecho penal.
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“No hay parámetros definidos con respecto a las acciones clasificadas como” indirectas “. Por lo tanto, los funcionarios de la ley pueden interpretar incluso acciones legítimas, como depósitos preventivos, consejos de abogados o silencio”, dijo el profesor Deni Setya Bagus Yuherawan de Trunojoyo Madura en una declaración escrita en Yakarta el domingo, domingo.
El documento Amicus Curiae fue enviado al Tribunal Constitucional el jueves 9 de octubre de 2025.
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El académico de derecho destacó que esta libre interpretación viola el principio de contienda jurídica garantizado por la Constitución y da lugar a la práctica del exceso delictivo.
Asimismo, académicos han subrayado que no hay ningún “contra la ley” en el artículo, por lo que acciones legales, como la legítima defensa, podrían considerarse como obstrucción de las investigaciones. También cuestionan la proporcionalidad de la amenaza criminal.
“El artículo 21 no es un delito de corrupción básico, sino más bien un delito general. Sin embargo, la amenaza es la más grave, por lo que es desproporcionada”, afirmó Deni.
Los expertos jurídicos, formados por profesores y médicos como el profesor Stick de la UMM, el profesor Mahmutarom HR de Unihas y la profesora Rena Yulia de Utirta, pidieron al Tribunal Constitucional que ofreciera una interpretación restrictiva de este artículo.
Propusieron que este artículo sólo abarque los documentos con intención maliciosa realizados mediante violencia, intimidación o concesión de beneficios injustificados, de conformidad con el artículo 25 de la Convención de la ONU.
“La erradicación de la corrupción debe llevarse a cabo en corredores legales que sean seguros, correctos y proporcionales. Las reglas vagas en realidad debilitan la justicia y abren el espacio para el abuso de poder”, escribieron los expertos de Amicus Curiae.
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También recordaron que el lenguaje jurídico nunca es neutral y que las formulaciones vagas pueden dar lugar a una interpretación unilateral por parte de las autoridades.